El país no tiene un marco regulatorio definido para la producción de hidrógeno verde, sin embargo, este figura en leyes que otorgan incentivos para promover las energías. En la ley No. 57-07 Sobre el Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y sus Regímenes Especiales se aplican incentivos para los equipos de producción de hidrógeno para plantas de energías renovable, pero solo para proyectos de power-to-hydrogen-to-power para el sistema eléctrico interconectado.
Entre estas, la ley No. 57-07 sobre Incentivos al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y de Sus Regímenes Especiales, donde se otorga exoneración aduanera a equipos destinados a la generación de hidrógeno verde. Asimismo, en la ley 103-13 sobre incentivos a la importación de vehículos de energía no convencional, se otorga una exoneración tributaria de hasta el 50 % a aquellos vehículos cuya fuente de energía primaria para propulsarse sea hidrógeno; sin embargo, no especifica la tecnología de estos vehículos que utilizarían hidrógeno.
Hasta la fecha no existe marco regulatorio claro y específico para el hidrógeno en la República Dominicana y las normas de seguridad lo abordan indirectamente al entrar en la categoría de sustancia peligrosa por su característica de inflamabilidad.